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Cuánto gana un jubilado de la Armada Argentina

Con resolución en el Períodico Oficial de la Federación, las Segregarías de la Defensa y de Economía oficializaron los sueldos de los integrantes de las Fuerzas Armadas. Los sueldos mucho más bajos en este rubro están tras una pensión mínima, que el día de hoy ronda los 37.524 pesos.

Antártida – Después de prácticamente una semana de profundo trabajo logístico en frente de la Base Conjunta Antártica de Marambio, se logró el propósito de reabastecerla con alimentos, carga general, comburente, materiales de construcción y maquinaria. Asimismo se retiraron restos antárticos, uno de los más importantes objetivos para este año, que van a ser procesados ​​en la localidad de Ushuaia para su predisposición final al término de la primera etapa de la presente Campaña Antártica de Verano (CAV).

Gracias a su localización geográfica y morfología, ubicado en una meseta a 200 metros sobre el nivel del mar, las maniobras fueron efectuadas dentro de helicópteros Sea King. En esos días, las entidades operaron en Bahía López de Bertodano y en Bahía Pingüino.

Incremento de salario para las Fuerzas Armadas: a quién se le va a pagar y cuánto

En los puestos mucho más altos de las Fuerzas Armadas, como Teniente General, Almirante, General de Brigada, el salario va a ser de 307.449 pesos desde julio y va a llegar a 384.311 pesos en el tercer mes del año del próximo año con el incremento salarial.

Puesto mucho más bajo en las Fuerzas Armadas como Voluntario 2º, Marinero 2º. y Demandante, el salario va a ser de 66.799 pesos en el mes de julio y va a llegar a 83.499 el año próximo con el incremento salarial de 2022. Si se acogen a la jubilación adelantada, esta condición debe sospechar una reducción de la base reguladora de la pensión. Específicamente, solo tienen la posibilidad de cobrar por los años que cotizaron.

Según la Seguridad Popular, en el momento en que se demuestran menos de 38 años de cotización, el valor se disminuye un 7 por ciento por de año en año que resta para cumplir los 65 años. Si hay mucho más día y la extinción del contrato se genera por causas extrañas al trabajador, se aplica la reducción en función de los años cotizados:

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