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Qué pasa si me quedo 5 meses en Estados Unidos

Mantenerse mucho más de un día o mucho más: amontona presencia ilegal y complica cualquier desarrollo migratorio futuro. Si te quedas mucho más de 180 días y te marchas, la sanción automática es de tres años sin poder ingresar a USA.

Hoy hablaremos de un tema fundamental para nuestros amigos que están en el extranjero y desean venir a España.

Siempre y en todo momento nos escriben preguntando cuanto tiempo tienen la posibilidad de estar en España, como es el tiempo máximo legal de estancia, esto incluye cualquier oportunidad de agrandar el periodo de tiempo del visado.

De entrada, la estancia como turista en España, con o sin visado, no puede sobrepasar de 90 días por semestre, a contar desde la fecha de la primera entrada

Estos 90 días tienen la posibilidad de ser ininterrumpidos o añadido en múltiples instantes, pero no debe pasar mucho más de 90 días como turista.

De esta manera, se puede ingresar una vez y mantenerse 90 días seguidos, o múltiples ocasiones, siempre y cuando la suma de los días de todos estos viajes sea igual o inferior a 90. Resaltamos que el cálculo es realizado por días, no por meses.

Requisitos COVID para viajar a USA en 2022

Estos son los requisitos COVID indispensables que tienes que tener en consideración para viajar a USA desde el 12 de junio de 2022:

  • Estar vacunado contra el COVID con el esquema terminado y haber vivido 14 días desde la última inyección (dosis única o segunda dosis). Las vacunas admitidas en los EE. UU. son: Pfizer, AstraZeneca, Janssen, Actualizada, Sinopharm y Sinovac-Coronavac

¿De qué manera puedo llevar a cabo los trámites si ingresé a los EE. UU. sin documentos?

  • Cualquier persona que ingrese ilegalmente a los USA debe salir de nuevo para conseguir una Tarjeta Verde. El extranjero va a deber regresar a su país de origen para efectuar el trámite consular, anterior petición de una autorización migratoria (anticipo condicional);
  • La otra forma es a través del ajuste de estatus, que le deja pedir la vivienda persistente sin la necesidad de salir de los EE.UU., protegido por la Ley de Inmigración 245(i);
  • Esta ley favorece a quienes pidieron visa de trabajo, certificación laboral PERM o solicitud de familiar antes del 30 de abril de 2001;
  • De la misma manera es viable gestionar los trámites si ingresaste sin documentos y eres beneficiario de un TPS (Estatus de Protección Temporal);
  • La Ley de Extranjería deja a los extranjeros pedir la vivienda en una fecha posterior a solicitud de su cónyuge o hijo mayor de 21 años.

​​​​​​Tenga presente que la ley estadounidense fomenta y prioriza la reunificación familiar en su política de inmigración.

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