Quién debe usar Bien, turismos, buses, automóviles mixtos, automóviles de transporte de mercancías, colectivos no agrícolas y tanto conductores como socorrieres en automóviles conduzco para protección y supervisión.
En contraste al automóvil, la mayor parte de las motos no tienen aptitud de carga. A menos que el usuario instale baúl, alforjas o bolsa en el depósito, salvo en la situacion de las scooters, puede conducir poquísimo consigo. La única salvedad es bajo el taburete, donde podemos encontrar un pequeño hueco para almacenar documentación, ciertas herramientas e inclusive un chaleco reflectante, si bien esto es dependiente de la motocicleta.
Pero, ¿es obligación llevar chaleco al caminar en motocicleta? La contestación es bien simple y al tiempo dificultosa. La regla como tal no pide que el chaleco se guarde en la moto; Solo necesita automóviles de 4 ruedas, no de 2. También, no establece que el conductor deba usarlo al conducir. Se puede decir entonces que la contestación es clara: no es obligación. Pero tampoco es de esta forma.
Los elementos que se tienen que integrar son:
- Guantes de látex tirables
- Gasas y apósitos limpios.
- Apósitos estériles para limpieza de lesiones.
- Cinta adhesiva para la fijación de gasas y mensajes.
- Agua oxigenada y/o alcohol.
- Jabón blanco.
- Alcohol gel.
¿Dónde guardar y de qué manera utilizar cada elemento del kit de seguridad?
Extintor
En automóviles particulares, el extintor estándar pesa un kilo y es obligación revisar su validez anualmente. El Decreto 779/1995 señala todas las condiciones de seguridad que tienen que cumplir los extintores, entre aquéllas que resaltan las próximas: